DGA reforzará medidas contra Minera Farellón Sánchez de Illapel luego de multa cursada

La información entregada por la Municipalidad deIllapel dio origen a la fiscalización realizada por la Dirección General deAguas del Ministerio de Obras Públicas, que luego de inspeccionar en terreno,verificar antecedentes y consultar a otros servicios del Estado comoSERNAGEOMIN, determinó que la Planta de Beneficio RCM Farellón Sánchez SpAincurrió en faltas establecidas en el Código de […]

DGA reforzará medidas contra Minera Farellón Sánchez de Illapel luego de multa cursada

15 de febrero de 2023

La información entregada por la Municipalidad deIllapel dio origen a la fiscalización realizada por la Dirección General deAguas del Ministerio de Obras Públicas, que luego de inspeccionar en terreno,verificar antecedentes y consultar a otros servicios del Estado comoSERNAGEOMIN, determinó que la Planta de Beneficio RCM Farellón Sánchez SpAincurrió en faltas establecidas en el Código de Aguas por extracción de aguasdesde un afloramiento proveniente del interior de la “Mina Vizcacha” y por extraeraguas subterráneas desde el estero Matancilla, sin contar con derechos deaprovechamiento de aguas.

 

El SEREMI MOP Javier Sandoval señaló además que “lacaptación utilizada para extraer las aguas subterráneas, se produce en un áreade prohibición del acuífero Illapel, por lo que esto agrava la multa debido aque es un sector donde no es posible constituir nuevos derechos deaprovechamiento para proteger la sustentabilidad del acuífero”.

 

El pasado 9 de febrero, la dirección regional deAguas de Coquimbo se constituyó en terreno para verificar la paralización de laextracción de aguas no autorizadas, es decir, para corroborar si se habíandeshabilitado completamente los implementos e instrumentos con los cuales secaptaban las aguas; sin embargo, ambas captaciones seguían habilitadas para laextracción de aguas. Por lo anterior, la DGA continuará con el procesoadministrativo, consistente en aumentar la multa a beneficio fiscal porincumplimiento de lo ordenado, comunicar los antecedentes al Ministerio Públicoy podrá solicitar a la Delegación Presidencial Provincial la autorización delauxilio de la fuerza pública para deshabilitar las captaciones en cuestión.

 

Con la entrada en vigencia de la reforma al Códigode Aguas el 6 de abril de 2022 y con el objeto de contar con información departe de los concesionarios mineros, la normativa establece que las aguashalladas en labores de exploración y explotación mineras, si bien pueden serutilizadas para las faenas correspondientes, éstas deben ser informadas a laDGA en un plazo de 90 días después de haber sido encontradas y a la fecha, elafloramiento identificado no ha sido registrado ni informado a la DGA.

 

A su vez, de acuerdo a lo informado por SERNAGEOMINa la DGA, se identificó que la faena cuenta con dos proyectos ingresados alservicio minero, pero que han sido observados y por lo tanto, no cuentan con laautorización del servicio para operar.

 

Por último, el SEREMI Javier Sandoval invitó a lacomunidad a denunciar situaciones irregulares, completando el formulario contodos los antecedentes necesarios para dar con la ubicación exacta del eventualinfractor y maximizar los recursos humanos y técnicos destinados a lafiscalización.