La Dirección Regional de Aguas del MOP Coquimbo resolvió imponer una multa de 694,22 UTM ($43.787.232) a la Inmobiliaria Lagunas del Mar de La Serena. Esta decisión se tomó después de que un proceso de fiscalización revelara que la empresa realizó extracciones no autorizadas de agua durante al menos 85 días para llenar una laguna artificial.
Cinthya Álvarez, directora regional de Aguas, informó que Lagunas del Mar fue objeto de dos procesos de fiscalización. El primero se originó a raíz de una denuncia de la Superintendencia de Medio Ambiente de la Región de Coquimbo sobre la construcción de un pozo de agua para llenar piscinas. En agosto de 2022, se realizó una visita inspectiva que confirmó la construcción de un sondaje para gestionar una solicitud de cambio de punto de captación. Este proceso se cerró al no encontrar infracciones al Código de Aguas.
El segundo proceso, que condujo a la multa de 43 millones a la inmobiliaria, comenzó en noviembre de 2022. Se inició debido a consultas realizadas por la ONG Elqui Verde, la Gobernación Regional, el alcalde y el concejo municipal de La Serena acerca del uso potencial de aguas que alimentan el humedal en la desembocadura del río Elqui para llenar la laguna. Se llevó a cabo una primera visita inspectiva el 16 de noviembre de 2022, que estableció que el pozo de aguas subterráneas estaba habilitado, lo que indicaba una posible extracción no autorizada de agua.
Después de este informe técnico de campo, se inició una fiscalización oficial, que involucró inspecciones adicionales en el terreno, respuestas del posible infractor y solicitudes de pruebas adicionales. Se realizaron dos visitas adicionales en noviembre de 2022. Durante estas inspecciones, se descubrió que el canal Cruz del Molino no transportaba agua, a pesar de que la empresa había afirmado que era su fuente para abastecer la laguna. Además, se encontró que la planta de tratamiento de agua que supuestamente recibía agua del canal no estaba en funcionamiento. No se registraron flujos de agua desde el humedal, y se comprobó que el pozo fiscalizado previamente había sido deshabilitado, entre otras observaciones. Todas estas observaciones fueron notificadas al posible infractor para que presentara sus descargos.
Después de revisar los descargos y los antecedentes de la investigación, la DGA (Dirección General de Aguas) decidió continuar con el proceso de fiscalización en marzo de 2023. Esto se debió a la necesidad de determinar y demostrar la fuente de abastecimiento real de la laguna, ya que durante la inspección se confirmó que la fuente de aguas superficiales mencionada por Lagunas del Mar en los descargos estaba fuera de servicio. Por lo tanto, la DGA solicitó pruebas adicionales a la inmobiliaria y llevó a cabo una tercera visita inspectiva el 11 de abril de 2023.
Durante esta última visita, el subgerente de la Inmobiliaria, Juan Rivera, explicó que el abastecimiento de agua de la laguna se realizaba a través de la empresa de servicios sanitarios Aguas del Valle. Se habilitó un medidor y una tubería para suministrar caudales mayores que los de un hogar común. Además, se confirmó que el pozo fiscalizado previamente seguía deshabilitado y se descartó la existencia de cualquier otra fuente de abastecimiento de agua para las dos piscinas y la laguna en el complejo inmobiliario.
En resumen, según Álvarez, «los medios de prueba presentados por la inmobiliaria resultaron parciales y erróneos, ya que informaron volúmenes de agua utilizados que no coinciden con la extensión de la laguna, y los estados de cuenta de Aguas del Valle no correspondían al medidor que abastece el sistema de piscinas y la laguna del condominio. Además, la empresa afirmó que comenzó a bombear agua el 24 de agosto de 2022 y solicitó el cambio de punto de captación el 28 de noviembre de 2022».
Con todos estos datos, la DGA determinó que el pozo estuvo habilitado durante casi 3 meses (85 días), extrayendo un volumen de hasta 51.408 m³, cantidad suficiente para abastecer la laguna del condominio. En la determinación de la multa, se consideró como agravante el hecho de que el uso del pozo sin permiso ocurrió en una zona declarada como área de restricción y en la vigencia de un decreto de zona de escasez.