DGA Coquimbo señala que fallo de la Corte Suprema por caso Matancilla privilegia el consumo humano y preservación ecosistémica

El máximo tribunal ordenó cancelar la inscripción de derechos de aprovechamiento en favor de particulares establecidos a través de procesos judiciales.

DGA Coquimbo señala que fallo de la Corte Suprema por caso Matancilla privilegia el consumo humano y preservación ecosistémica

6 de abril de 2023

La Corte Suprema acogió lademanda presentada por la Junta de Vigilancia del Río Huasco y particulares desolicitar la declaración de insubsistencia o pérdida del derecho deaprovechamiento sobre 920 litros por segundo en el sector precordilleranoMatancilla, cuenca del Río Huasco, los que fueron adquiridos por particularesmediante procesos judiciales e inscritos en el Conservador de Bienes Raíces deLa Serena.

 

Cabe señalar que la zona encuestión, administrativamente se encuentra ubicada en la comuna de La Higuera,región de Coquimbo, pero la extracción se asocia a la cuenca del río Huasco, alser el sector de Matancilla afluente al río del Carmen. El fallo dejó sinefecto los derechos de aprovechamiento de aguas inscritos en 2006 por JuanPesenti, Sociedad de Inversiones Catemu Limitada, Inversiones Los NotrosLimitada y Asesoría e Inversiones Limitada, ya que no habían sido otorgados porla autoridad competente, en este caso, la Dirección General de Aguas, según elCódigo de Aguas de 1981.

 

Al respecto, la directoraregional de Aguas del MOP Coquimbo, Cinthya Álvarez, explicó que esas aguasvuelven a estar completamente disponibles para los habitantes del valle y susfunciones ecosistémicas y destacó la perseverancia de la Junta de Vigilanciadel Río Huasco para revertir la situación.

 

Agregó que “este es un casoque refleja muy bien la necesidad de que las personas inscriban sus derechos enel Conservador de Bienes Raíces y los registren en el Catastro Público de Aguaslo antes posible, ya que el plazo vence en octubre próximo, y que ademásregularicen sus derechos para lo cual hay plazo hasta abril de 2027. Asimismo,es muy importante que en los casos de perfeccionamiento de un derecho deaprovechamiento de agua, los tribunales soliciten informes a la DGA para dar ladebida opinión técnica”.

 

A su vez, el SEREMI de ObrasPúblicas, Javier Sandoval sostuvo que “sin duda que con la reforma del Códigode Aguas, publicada en abril de 2022, la DGA tiene lineamientos más precisospara que las personas pongan en regla sus derechos y además, mejores herramientaspara la protección del consumo humano, uso doméstico de subsistencia,saneamiento y la preservación ecosistémica, ejes que deben ser priorizados a lahora de aprobar cualquier tramitación”.

 

Por último, valoró el fallode la Corte Suprema, “puesto que sienta un precedente, ya que va en la líneadel consumo humano y de la preservación ecosistémica. Profesionales de la DGAconstataron en marzo del año pasado la existencia de vestigios de obras deconducción de aguas y de acuerdo a las mediciones de caudal realizadas, el aguadisponible era significativamente menor a los derechos de aprovechamiento deaguas que fueron inscritos por orden judicial. Asimismo, se comprobó eldesarrollo de vegas y bofedales de alto valor ecosistémico. Por eso que es necesarioque el poder judicial recurra a la opinión técnica de la DGA cuando se trate deun perfeccionamiento o algún otro caso relativo al recurso hídrico”.